Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la presente vigencia fiscal con la cantidad de quince millones de pesos ($ 15.000.000.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral: Recursos del crédito. Numeral 118. Producto del préstamo con intereses al 6% anual, hecho por el Banco de la República Fondo de Estabilización para el plan de construcciones carcelarias y su dotación conforme al Decreto legislativo 1149 de 1955, según contrato suscrito el 28 de febrero de 1956, aprobado por el Consejo de Estado el 4 de abril pasado y registrado por el Departamento de Contraloría, según Resolución número 529 del 22 de mayo último $ 15.000.000.00 Total $ 15.000.000.00
Decreto 1275 de 1956 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1275 de 1956 · Por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto vigente (Ministerio de Justicia)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.