Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 118 Del Artículo 1709. Para la construcción de la Cárcel de Manizales $2.500.00 Suman los contracréditos $2.500.00 CAPITULO 116 Al artículo 1684. Para el pago del servicio telefónico de los edificios de propiedad nacional, de fuera de la capital de la República, destinados al servicio oficial, material y demás gastos por concepto de este servicio, en el año $2.500.00 Suman los créditos $2.500.00
Decreto 3225 de 1950 →Vigente
Artículo 1709
Para La Construcción De La Cárcel De Manizales $2
Decreto 3225 de 1950 · por lo cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Publicas).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.