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Artículo 67

Ley 143 de 1994 · LEY 143 DE 1994, 11/07/1994, por la cual se establece el régimen para la generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional, se conceden unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones en materia de energética

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase la División de Ahorro, conservación y uso eficiente de la energía, como dependencia del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas -INEA-, que tendrá las siguientes funciones:

a)

Establecer metas de ahorro, conservación y uso eficiente de energía, que sean realizables económicamente;

b)

Promover la formulación y ejecución de programas que propendan por el uso eficiente de la energía;

c)

Recomendar como parte del Plan Energético Nacional, un programa de ahorro, conservación y uso eficiente de la energía;

d)

Evaluar periódicamente el desarrollo de los programas que se emprendan tanto a nivel nacional como por las empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras;

e)

Adoptar normas técnicas para la fabricación de equipos consumidores de energía y para la construcción de inmuebles, que propendan por el ahorro, conservación y uso eficiente de la energía;

f)

Establecer y fomentar los programas de ahorro, conservación y uso eficiente de la energía;

g)

Dirigir y coordinar las campañas educativas relacionadas con su objetivo;

h)

Ejercer el control y seguimiento de los programas relacionados con su objetivo;

i)

Definir los mecanismos e incentivos para cumplir con los programas de ahorro, conservación y uso eficiente de la energía;

j)

Promover programas de recuperación y restitución de redes, tendientes a minimizar las pérdidas técnicas en transmisión y distribución.

El INEA deberá adecuar su estructura orgánica y planta de personal para el cumplimiento de las funciones asignadas, en un plazo de seis meses, contados a partir de la sanción de la presente Ley.

Parágrafo

La División de ahorro, conservación y uso eficiente de la energía contará con el personal técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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