º Para efectos de la organización de competiciones, las federaciones deportivas nacionales tendrán en cuenta los aspectos biológicos de los participantes y razones de carácter técnico al establecer las categorías. Podrán, según las circunstancias, organizar la competición en una categoría unificada, o en dos categorías: Juvenil y mayores, caso en el cual los deportes tan sólo podrán llevar a la sede o subsedes a cuatro equipos por categoría. En cuanto a los deportes individuales, el Director General de los Juegos fijará el número máximo de participantes, en atención a requerimientos presupuestales, y las federaciones deportivas harán las eliminatorias entre los competidores para llegar a dicho número.
Los deportes cuyas federaciones admita deportistas profesionales y aficionados podrán, si lo estiman conveniente, organizar competiciones abiertas.
Para poder representar a una sección político-Administrativa, los deportistas deberán tener un registro en el organismo correspondiente, no inferior a seis (6) meses.