Micelio

Artículo 2

Ley 119 de 1943 · Por la cual se cede y aumenta una participación, y se ordena la reconstrucción del puerto fluvial de Barbacoas en el Departamento de Nariño, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El valor de la participación que se cede en el artículo anterior, se destinara e invertirá, exclusivamente, en la reconstrucción de la ciudad de barbacoas, destruida por los incendios de 1933 y 1943.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 119 de 1943