Las partidas del Presupuesto de Gastos que lo requieran serán distribuidas mediante resolución originarias del respectivo Ministerio o Departamento Administrativo, con aprobación General de Presupuesto, la que, en caso de duda, determinará si una apropiación esta o no sujeta a este requisito.
Las apropiaciones que deban distribuirse, sólo podrán afectarse con giros y reservas después de ser aprobadas las respectivas resoluciones y la Contralorías General de la República exigirá el estricto cumplimiento de esta norma, para lo cual la Dirección General del Presupuesto enviará copia de tales resoluciones.