Micelio

Artículo 26

Ley 89 de 1938 · Sobre aeronáutica civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno podrá prohibir que se ejecuten instalaciones, tales como cables aéreos, líneas de conducción eléctrica y otras semejantes, cuando dichas instalaciones estén proyectadas en forma que constituyan obstáculos para la seguridad de la navegación aérea.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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