Artículo tercero. Con el fin de atender a los diferentes gastos que demande el cumplimiento de las disposiciones de que tratan los artículos 1° y 2° de este Decreto, se determinan los siguientes aportes: Ministerio de Fomento $ 15.000.00 Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico 8.400.00 Instituto de Fomento Industrial 5.000.00 Instituto de Fomento Municipal 5.000.00 Total $ 33.400.00
Decreto 2925 de 1954 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2925 de 1954 · Por el cual se autoriza al Gobierno Nacional para concurriir a la Feria Industrial Internacional de 1954, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.