Micelio

Artículo 22

Decreto 2300 de 1987 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Consejos Intendenciales y Comisariales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

VIGENCIA DE LOS ACUERDOS. Los proyectos de acuerdo intendenciales y los acuerdos comisariales que deban ser revisados o aprobados por el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, empezarán a regir una vez agotado el trámite ante dicho Departamento, devueltos sin objeción los primeros y aprobados los segundos y promulgados todos debidamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2300 de 1987