Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1190 de 2003 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 107 de la Ley 788 de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. P ago del servicio de energía eléctrica por parte de las entidades territoriales . Con la finalidad de cumplir con las obligaciones correspondientes al servicio de energía eléctrica, las entidades territoriales deberán dar cumplimiento a las disposiciones en materia presupuestal y disciplinaria respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1190 de 2003