Micelio

Artículo 4

Ley 71 de 1924 · En desarrollo de la Ley 37 de 1923 y por la cual se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gobierno hará extensivas a la región del Sarare y al trayecto que el camino de este nombre ha de atravesar, las facultades de que se halla investido por el Artículo 2o. de la Ley 100 de 1923 , especialmente las relativas a la supresión o disminución del impuesto sobre explotación de bosques nacionales y a la adjudicación de tierras baldías, hasta de cien (100) hectáreas, de acuerdo con el procedimiento especial que el Gobierno dicte al respecto.

Parágrafo

De las facultades de queda investido el Gobierno por este artículo, podrá hacer uso hasta el día 1º de agosto de 1928.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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