Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de un millón cuatro mil pesos ($ 1.004.000.00) moneda corriente, que se incorpora al siguiente numeral: RECURSOS DEL CREDITO Numeral 122. Producto de la emisión del Pagaré número 3 en dólares, expedido a favor de Second Consolidated Trust Limited (acreedor hipotecario de The Dorada Railway Ropeway Extensión) Limited, para financiar la compra del Ferrocarril de La Dorada y de todas sus anexidades, de acuerdo con las autorizaciones de la Ley 4 de 1915 y el Decreto legislativo 1329 de 1956, y las estipulaciones del contrato de 9 de julio de 1956, elevado a escritura pública número 45S6 de 3 de septiembre de 1956, otorgada en la Notaría Segunda de Bogotá (US$ 400.000.00, al 251%) $ 1.004.000.00 Total $ 1.004.000.00
Decreto 2933 de 1956 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2933 de 1956 · Por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.