°. Las Declaraciones de Importación que se presenten ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberán observar las descripciones mínimas de las mercancías objeto de importación establecidas por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Lo anterior, sin perjuicio de las normas que sobre descripciones en las declaraciones de importación profiera la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Decreto 4406 de 2004 →Vigente
Artículo 3
Las Declaraciones De Importación Que Se Presenten Ante La Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales Deberán Observar Las Descripciones Mínimas De Las Mercancías Objeto De Importación Establecidas Por La Dirección De Comercio Exterior Del Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo
Decreto 4406 de 2004 · por el cual se regula el Registro de Importación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.