La Sección de Elaboración de Contratos tendrá las siguientes funciones: 64.1 Estudiar y elaborar, de acuerdo con los términos de las licitaciones y concursos, los contratos y convenios del Ministerio, Fondo Vial Nacional y Fondo de Inmuebles Nacionales. 64.2 Obtener la documentación necesaria para llevar a cabo los demás actos jurídicos que tengan que ver con el sistema de contratación. 64.3 Adelantar los trámites inherentes a los contratos que ceba efectuar el Ministerio, el Fondo Vial Nacional y el fondo de Inmuebles Nacionales.
Decreto 1322 de 1983 →Vigente
Artículo 64
La Sección De Elaboración De Contratos Tendrá Las Siguientes Funciones: 64
Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.