Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 122 Construcción, reconstrucción y pavimentación. (Plan Vial). C1bI (a). Del artículo 2653. Carreteras Ibagué - Armenia - Calarcá - Murillo - Manizales - Honda (Contrato con The Utah Construcion Company y Olarte Ospina Arias y Payán, Limitada) 750.000.00 Suman los contracréditos $ 1.000.000.00 Capítulo 122 Construcción reconstrucción y pavimentación. (Plan Vial). C1bI (a). Al artículo 2651-A. Carreteras Buenaventura - Cali - Palmira - Tuluá - Cartago - Cerrito - Cauya - Medellín - Tarazá, y Cauya - Mnizales (contratos con Raymond Contratistas y Constructores, Limitada) 700.000.00 C1bI (a). Al artículo 2654. Carreteras Bogotá - Girardot - Ibagué, y Bogotá - Honda - La Dorada (contrato con Morrison Kndsen y Compañia de Colombia, S.A) 300.000.00 Suman los créditos $ 1.000.000.00
Decreto 2841 de 1955 →Vigente
Artículo 2653
Carreteras Ibagué - Armenia - Calarcá - Murillo - Manizales - Honda (Contrato Con The Utah Construcion Company Y Olarte Ospina Arias Y Payán, Limitada) 750
Decreto 2841 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.