° Créase una Junta que se denominará de Fomento Agrícola del Departamento del Magdalena, con residencia en Santa Marta, e integrada por tres miembros designados, con sus respectivos suplentes, uno por el Gobierno Nacional, otro por el Gobierno Departamental y un tercero por el Consejo Directivo de la Cooperativa Bananera del Magdalena.
Decreto 2305 de 1940 →Vigente
Artículo 1
Créase Una Junta Que Se Denominará De Fomento Agrícola Del Departamento Del Magdalena, Con Residencia En Santa Marta, E Integrada Por Tres Miembros Designados, Con Sus Respectivos Suplentes, Uno Por El Gobierno Nacional, Otro Por El Gobierno Departamental Y Un Tercero Por El Consejo Directivo De La Cooperativa Bananera Del Magdalena
Decreto 2305 de 1940 · Por el cual se crea la Junta de Fomento Agrícola del Departamento del Magdalena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.