Micelio

Artículo 34

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- El Departamento Nacional de Atención Domiciliaria y Rehabilitación cumplirá las siguientes funciones

a)

Participar en la elaboración y difusión de normas técnicas y administrativas, procedimientos, estándares sobre uso, productividad y eficacia de la atención domiciliaria y rehabilitación.

b)

Colaborar con la gerencia en la definición de criterios para la elaboración de los programas de atención domiciliaria y rehabilitación.

c)

Participar y crear mecanismos para la evaluación y control de la gestión en atención domiciliaria y rehabilitación.

d)

Promover y orientar el desarrollo de los servicios de atención domiciliaria.

e)

Promover y orientar el desarrollo de los servicios de rehabilitación.

f)

Mantener información sobre el comportamiento de la demanda de los servicios de atención domiciliaria y rehabilitación.

g)

Conceptuar y colaborar en el estudio, implantación y seguimiento de las innovaciones técnicas y científicas sobre organización y funcionamiento de la atención domiciliaria y rehabilitación.

h)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1403 de 1994