Micelio

Artículo 2

Ley 9 de 1941 · Por el cual se modifica y adiciona la Ley 72 de 1928

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La construcción del estadium de que trata la misma Ley, estará a cargo del Gobierno Nacional, quien queda autorizado para contratar la obra de acuerdo con la importancia y la categoría de la ciudad a que está destinada. En tal virtud, elévese a ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00) la partida correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1941