° Con base en el recurso anterior, adiciónanse las apropiaciones para atender a los gastos del Fondo Vial Nacional, durante la vigencia fiscal del de enero al 31 de diciembre de 1967, en la suma de dos millones cincuenta mil pesos moneda corriente ($2.050.000.00), en la siguiente forma: PRESUPUESTO DE GASTOS Programa 04 Construcción de Carreteras Troncales 460, 264. Artículo 14. Construcción, reconstrucción y pavimentación de otras Troncales Transversales 2.050.000 042-00. Proyecto 7. Bucaramanga - Barrancabermeja 2.050.000
Decreto 1297 de 1967 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso Anterior, Adiciónanse Las Apropiaciones Para Atender A Los Gastos Del Fondo Vial Nacional, Durante La Vigencia Fiscal Del De Enero Al 31 De Diciembre De 1967, En La Suma De Dos Millones Cincuenta Mil Pesos Moneda Corriente ($2
Decreto 1297 de 1967 · Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1967
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.