Autorízase ampliamente al Gobierno para que con el objeto de pagar la Prima de Navidad correspondiente al año de 1964, abra en el Presupuesto de tal vigencia los créditos indispensables, así como para hacer los traslados que sean necesarios para el mismo objeto, sin sujeción a las normas ordinarias, y con el único requisito de la expedición del Certificado sobre Disponibilidad, expedido por el Contralor General de la República.
Ley 31 de 1964 →Vigente
Artículo 2
Ley 31 de 1964 · por la cual se modifica el artículo 1º de la Ley 54 de 1960 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.