Con el fin de fomentar la exportación del banano y de otros productos agropecuarios, el Gobierno Nacional podrá crear en otras regiones del país Fondos de Regulación de Precios similares al establecido en el artículo 1º y siguiente de la presente Ley, y establecer aportes de los exportadores con destino a dichos Fondos, en forma tal que no excedan el porcentaje señalado en el artículo 2º.
Ley 65 de 1968 →Vigente
Artículo 11
Ley 65 de 1968 · Por la cual se provee a la rehabilitación y desarrollo de la Zona Bananera del Magdalena, se crea la Junta de Fomento Bananero y la Corporación de Desarrollo de Urabá, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.