Responsabilidades de la Organización Nacional Antidopaje. Atendiendo lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 2084 de 2021, la Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte, será responsable del desarrollo de las actividades que se enuncian a continuación
Adoptar e implementar el Código Mundial Antidopaje y los estándares y modelos internacionales derivados de él.
Investigar las posibles infracciones de las normas dispuestas en el Código Mundial Antidopaje.
Asegurar la independencia administrativa, legal y operativa de sus actividades, procedimientos y operaciones.
Planificar e implementar programas de información, prevención y educación sobre el dopaje.
Trabajar en coordinación con la Agencia Mundial Antidopaje (AMA - WADA), y otras organizaciones relacionadas.
Realizar la instrucción de la gestión de resultados sobre las presuntas infracciones de las normas de conformidad con el Código Mundial Antidopaje.
Informar a las autoridades competentes sobre las infracciones de las normas antidopaje por parte de los deportistas, entrenadores y/o miembros del personal de apoyo de los deportistas a efectos de suspender todos los apoyos e incentivos; en caso de que no sea demostrada la responsabilidad, se le deberá reintegrar dicho apoyo.
Efectuar seguimiento a todas las infracciones de las normas antidopaje cometidas bajo su jurisdicción, e informar a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA - WADA), a las Federaciones Deportivas Internacionales y a otras organizaciones relacionadas.