Micelio

Artículo 12

Patrimonio

Decreto 1278 de 1994 · por el cual se modifica la Estructura Orgánica y Funciones del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras-INAT-, antes Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras-HIMAT-

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Patrimonio. El patrimonio del INAT estará integrado por

1.

Las partidas que le asignen en el Presupuesto Nacional.

2.

Los bienes que adquiera a cualquier título.

3.

Los bienes pertenecientes al Instituto Nacional de Adecuación de Tierras -INAT-, antes Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras -HIMAT-, y que no se trasladen al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-.

4.

Los bienes muebles e inmuebles que le traspase el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-.

5.

El producto de las contribuciones de valorización y recuperación de Inversiones que recaude, cuando se refieran a obras que financie o cofinancie.

6.

El producto que cobre por la prestación de sus servicios.

7.

El valor de los derechos que establezca por concepto de aprovechamiento de las aguas que administre.

8.

El producto de los empréstitos internos o externos.

9.

Los bienes entregados al INAT como pago de las inversiones.

10.

Los demás ingresos que obtenga por cualquier otro concepto. CAPITULO IV. Disposiciones laborales transitorias DISPOSICIONES GENERALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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