Micelio

Artículo 2.2.3.5.2.6

Objeciones A Las Ofertas De Suministro Y A Las Solicitudes De Modificación O Exclusión

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objeciones a las ofertas de suministro y a las solicitudes de modificación o exclusión. Si cualquier persona natural o jurídica establecida en el territorio nacional no está de acuerdo o tiene objeciones respecto de las ofertas de suministro, o de las solicitudes de modificación o exclusión, podrá formular sus objeciones en la plataforma electrónica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, cuatro (4) días después de la fecha de terminación del plazo para la presentación de ofertas de suministro. Para tal fin, deberá explicar detalladamente las razones por las cuales considera que el material o insumo ofrecido no es aceptable o sustituible. Vencido el plazo a que se refiere el presente artículo, no se recibirán más objeciones. A través de la plataforma electrónica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo se publicarán las objeciones a las ofertas de suministro y se notificará mediante correo electrónico a las partes interesadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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