Micelio

Artículo 4

Decreto 211 de 2000 · Por el cual se promulga el "Convenio Cultural entre la República de Colombia y la República de Costa Rica", firmado en San Andrés, República de Colombia el 22 de junio de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se fomentará el intercambio entre las Universidades Estatales de ambos países con miras a promover y desarrollar relaciones en el campo de la educación, la ciencia y la cultura. Dicho intercambio podrá realizarse mediante la colaboración mutua para adelantar estudios de planteamiento universitario y programación académica; intercambio de profesores y especialistas para la realización de seminarios, conferencias y cursos; la conformación de grupos mixtos de trabajo investigativos y el canje de publicaciones.

Los términos y condiciones administrativos, financieros y técnicos que sean indispensables para el intercambio previsto en este artículo, serán convenidos entre los dos Gobiernos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 211 de 2000