Micelio

Artículo 48

Ley 126 de 1959 · Por la cual se reorganiza la carrera de Oficiales de las Fuerzas MilitaresVigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Retiro de las Fuerzas Militares, es la situación en que queda el Oficial que, sin perder su grado militar y por disposición del Gobierno con sujeción a la presente Ley, cesa en la obligación de prestar servicio en actividad, salvo en los casos de llamamiento al servicio, o de movilización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 126 de 1959