Micelio

Artículo 1

Decreto 722 de 1968 · Por el cual se adiciona el Decreto número 668 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Adiciónase el Decreto número 669 de 1968, por el cual se confieren unas condecoraciones con motivo la Fiesta del Educador, en el sentido de disponer el otorgamiento de tales distinciones a las siguientes personas: Medalla Cívica "Camilo Torres"

a)

Medalla de Oro. 1ª Categoría a Antonio José Lemos Guzmán, con carácter póstumo, como reconocimiento a sus eminentes servicios en la educación universitaria.

b)

Medalla de Plata. 2ª Categoría, para premiar sus servicios a la causa de la educación, a Juan N. Segura.

c)

Medalla de Bronce . 3ª Categoría, por haber ejercido ejemplarmente el magisterio durante 20 años consecutivos, a: Abigaíl Cárdenas vda. De Patiño, Isidro Torres Torres, Efraim González Palomino, Isabel Valbuena. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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