Micelio

Artículo 143

Asistencia Sanitaria Para Familiares De Fallecidos En Actividad

Decreto 8 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Decreto 613 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asistencia sanitaria para familiares de fallecidos en actividad. Para la prestación de los servicios asistenciales a los beneficiarios de que trata el artículo 143 del decreto 613 de 1977, regirán las mismas normas consagradas en los artículos 109 a 119 del presente decreto en lo que sea pertinente, con la salvedad de que la expedición de los carnés de identificación estarán a cargo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional. CAPITULO VIII Prestaciones Por Muerte En Retiro

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 8 de 1980