°. Criterios de priorización para los proyectos que tengan por objeto la implementación del Acuerdo Final. Sin perjuicio de los criterios señalados en el artículo 27 de la Ley 1530 de 2012, se tendrán en cuenta entre otros, los siguientes criterios de priorización
Beneficio a la población de las entidades territoriales con mayor grado de afectación por el conflicto.
Inversión destinada a la sustitución o erradicación de cultivos ilícitos.
Inversión destinada a fortalecer el desarrollo económico y social en zonas rurales.
Inversión destinada a la reparación de víctimas del conflicto.
El Departamento Nacional de Planeación implementará un sistema de evaluación basado en puntajes para los proyectos de inversión que tengan por objeto la implementación del Acuerdo Final, que tendrá en cuenta los criterios de priorización. Este sistema no aplicará a los proyectos de inversión que se financien con los recursos a los que se refiere el
transitorio del artículo 361 de la Constitución Política, sin perjuicio de que se apliquen los criterios señalados en el presente artículo.