Micelio

Artículo 4

Decreto 2146 de 1968 · Por el cual se declaran días cívicos los de la presencia de Su Santidad Pablo VI en Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. La anterior declaratoria de días cívicos no conlleva vacancia para los trabajadores del sector privado. El trabajo que se realice por trabajadores del sector privado. El trabajo que se realice por trabajadores al servicio de empleadores particulares en Bogotá, D. E., en tales días, se considerará como efectuado en días ordinarios y no tendrá, por ningún concepto, la remuneración correspondiente al de dominicales o festivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2146 de 1968