Micelio

Artículo 4

En La Distribución De Las Partidas Globales Destinadas A Atender El Pago De Sueldos, La Nómina Mensual Que Se Señale No Podrá Exceder De La: Duodécima Parte De La Respectiva Apropiación, A Menos Que Esta Se Haya Establecido Para El Pago De Asignaciones Por Solo Un Mes Del Año

Decreto 3122 de 1954 · sobre Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1995.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En la distribución de las partidas globales destinadas a atender el pago de sueldos, la nómina mensual que se señale no podrá exceder de la: duodécima parte de la respectiva apropiación, a menos que esta se haya establecido para el pago de asignaciones por solo un mes del año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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