Micelio

Artículo 2.10.1.7.2.2

Giro De Los Recursos

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Giro de los recursos. Los recursos asignados para financiar la cobertura de que trata el presente Capítulo, serán girados a la subcuenta denominada FRECH NO VIS de conformidad con los compromisos que se deriven del otorgamiento, ejecución y vencimiento de dichas coberturas.

El Viceministerio Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público definirá el procedimiento, oportunidad y plazo requeridos para el giro al FRECH NO VIS, de los recursos líquidos necesarios para el cubrimiento y pago de las coberturas de que trata el presente Capítulo.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público girará al Banco de la República, como administrador del FRECH, los recursos líquidos necesarios para el cubrimiento y pago de estas coberturas, previa solicitud que en tal sentido le presente el Banco de la República a dicho Ministerio de conformidad con las obligaciones generadas mes a mes derivadas de la permuta financiera.

El Banco de la República, como administrador del FRECH, no será responsable por el cubrimiento y pago de las coberturas de que trata este Capítulo cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no haya realizado las apropiaciones presupuestales necesarias para el pago de estas coberturas y cuando el Ministerio no haya hecho la entrega y giro de los recursos correspondientes al FRECH NO VIS.

Los trámites de apropiación, ejecución, registro y desembolso presupuestales estarán a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Parágrafo

Los gastos en que incurra el Banco de la República en la realización de la permuta financiera se harán con cargo a los recursos del FRECH NO VIS.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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