° La Dirección General de Aduanas, podrá limitar el número de vehículos que en cada caso pueden gozar de franquicia cuando, previa investigación sucinta, obtuviere pruebas fehacientes de que el número de vehículos a que se contrae el pedido es excesivo en relación con las necesidades del respectivo Departamento o Municipio o de sus obras en ejecución y en proyecto.
Decreto 2884 de 1952 →Vigente
Artículo 4
La Dirección General De Aduanas, Podrá Limitar El Número De Vehículos Que En Cada Caso Pueden Gozar De Franquicia Cuando, Previa Investigación Sucinta, Obtuviere Pruebas Fehacientes De Que El Número De Vehículos A Que Se Contrae El Pedido Es Excesivo En Relación Con Las Necesidades Del Respectivo Departamento O Municipio O De Sus Obras En Ejecución Y En Proyecto
Decreto 2884 de 1952 · Por el cual se conceden algunas exenciones de derechos de importación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.