El plan de estudios para los cursos cortos de agricultura destinados a formar administradores y peones hábiles en sus varios grados, será redactado por las Junta Directivas de las respectivas Escuelas y será sometido para su estudio y aprobación al Gobierno Nacional. Esta enseñanza se dará en todas las Escuelas Agrícolas reconocidas por el Gobierno y al terminar el curso se le expedirá a cada alumno un certificado en que conste el tiempo que permaneció en la Escuela y la enseñanza, tanto teórica como práctica, que tuvo.
Ley 132 de 1931 →Vigente
Artículo 13
Ley 132 de 1931 · Por la cual se crea el Consejo Nacional de Agricultura y se fomentan los servicios de investigación, enseñanza y divulgación agrícolas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.