La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Como Mandataria De La Nación, Adquirirá Dentro De La Zona De Que Trata El Artículo 1º Un Globo De Terreno De Superficie Aproximada De 250 Hectáreas Para El Establecimiento De Una Estación Agronómica Dependiente Del Departamento De Investigaciones Agropecuarias Del Ministerio De Agricultura, Ya Sea Por Arreglo Directo Con El Propietario O Propietarios Del Globo Al Efecto Escogido Por Ja Citada Dependencia Del Ministerio, O En Su Defecto Por El Procedimiento Legal De La Expropiación Por Causa De Utilidad Pública, De Conformidad Con Las Normas Del Decreto 2656 De 1953 Y Demás Disposiciones Legales Pertinentes
Decreto 3378 de 1959 · Por el cual se reglamenta la Ley 103 de 1958 sobre realización de obras de irrigación en el Departamento del Atlántico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, como mandataria de la Nación, adquirirá dentro de la zona de que trata el artículo 1º un globo de terreno de superficie aproximada de 250 hectáreas para el establecimiento de una estación agronómica dependiente del Departamento de Investigaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura, ya sea por arreglo directo con el propietario o propietarios del globo al efecto escogido por Ja citada dependencia del Ministerio, o en su defecto por el procedimiento legal de la expropiación por causa de utilidad pública, de conformidad con las normas del Decreto 2656 de 1953 y demás disposiciones legales pertinentes.
Parágrafo
La referida estación agronómica se orientará preferencialmente a la enseñanza técnica del uso del sistema de riego, su aplicación a los cultivos más aptos propios de la región, y a la práctica del manejo de la maquinaria agrícola.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.