Micelio

Artículo 72

En La Oficina De Catastro De La Propiedad Minera, Se Llevarán Cuatro Índices Generales En La Forma Y Con Los Datos Con Que Se Lleven Los Índices Parciales De Los Libros De Matrícula

Decreto 837 de 1938 · Orgánico y reglamentario de la matrícula y el catastro de la propiedad minera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la oficina de catastro de la propiedad minera, se llevarán cuatro índices generales en la forma y con los datos con que se lleven los índices parciales de los libros de matrícula.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 837 de 1938