Art. 2.° La misión de esta Junta consiste; 1.° En estudiar los medios más adecuados y prácticos para conseguir la amortización del papel moneda, en una forma gradual y discreta, que consulte al mismo tiempo la valorización del mismo papel, los intereses del Gobierno y los de los particulares, sometiendo á la consideración y aprobación del Gobierno los planes que formule para la consecución del indicado objeto; 2.° En manejar con absoluta independencia las rentas y caudales de cualquiera especie que e1 Gobierno destine para la amortización del papel moneda; 3.° En estudiar y proponer al Gobierno el plan que deba adoptarse para volver paulatinamente al régimen de la moneda metálica; y 4.° En colaborar, en calidad de Cuerpo Consultivo, en todo lo que tienda á la regularización pronta y completa de la circulación monetaria en el país.
Decreto 418 de 1901 →Vigente
Artículo 2
Decreto 418 de 1901 · por el cual se crea una Junta para la amortización del papel moneda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.