Micelio

Artículo 30

Las Sociedades De Comercio, Y En General Toda Persona Que Debiendo Anular Las Estampillas Omitiere Esa Formalidad, Incurrirán En Una Multa De Cincuenta Centavos Á Diez Pesos

Decreto 32 de 1906 · Sobre impuesto de timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sociedades de comercio, y en general toda persona que debiendo anular las estampillas omitiere esa formalidad, incurrirán en una multa de cincuenta centavos á diez pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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