Micelio

Artículo 9

De Este Decreto, Se Ejercerá En Conformidad Con Las Normas Vigentes Y Las Que El Ministerio De Salud Publica Dicte Sobre La Materia, En El Distrito Especial De Bogotá, En Los Departamentos, Intendencias Y Comisarias, Por Los Respectivos Secretarios O Directores De Salud Pública

Decreto 1289 de 1964 · por el cual se organiza la Oficina de Control de Drogas y Productos Biológicos del Ministerio de Salud Pública.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno. La inspección y control de los establecimientos dedicados a la fabricación, distribución y expendio de los productos determinados en el literal a) del artículo 2° de este Decreto, se ejercerá en conformidad con las normas vigentes y las que el Ministerio de Salud Publica dicte sobre la materia, en el Distrito especial de Bogotá, en los Departamentos, Intendencias y Comisarias, por los respectivos Secretarios o Directores de Salud Pública.

Parágrafo 1

° lo dispuesto en este artículo se entenderá sin perjuicio de que las Inspecciones Municipales de Farmacia o de Drogas y Productos Biológicos existentes continúen ejerciendo sus funciones con arreglo a las leyes y reglamentos pertinentes.

Parágrafo 2

Las secretarias o Direcciones de salud Pública de los departamentos, Intendencias, Comisarias y Municipios expedirán las licencias de funcionamiento de las Droguerías Farmacias y tiendas mixtas con arreglo a las disposiciones vigentes sobre la materia. De las licencias que se expidan se enviara copia a la Oficina de Control de Drogas y Productos Biológicos del Ministerio de Salud Pública.

Parágrafo 3

La Oficina de control de Drogas y Productos biológicos, podrá revocar las licencias expedidas por las secretarias o Direcciones cuando estas se ajusten a las disposiciones legales vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1289 de 1964