Micelio

Artículo 2

º A Partir De La Fecha De Iniciación De Año Lectivo De 1985 "año De La Educación" Todos Los Alumnos De Los Últimos Dos Cursos De Educación Básica Y Media Vocacional 10 Y 11 De Establecimientos Oficiales Y No Oficiales, Deberán Prestar El Servicio Social En Alfabetización, Postalfabetización Y En Las Actividades Requeridas Para El Xv Censo De Población Y Iv De Vivienda

Decreto 86 de 1985 · Por el cual se adiciona parcialmente el Decreto 2059 de de 1962 y 1002 de 1984.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir de la fecha de iniciación de año lectivo de 1985 "Año de la Educación" todos los alumnos de los últimos dos cursos de Educación Básica y Media Vocacional 10 y 11 de establecimientos oficiales y no oficiales, deberán prestar el servicio social en Alfabetización, Postalfabetización y en las actividades requeridas para el XV Censo de Población y IV de Vivienda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 86 de 1985