Micelio

Artículo 1

Ley 56 de 1935 · Por la cual se ordena la construcción de un edificio nacional en la ciudad de Cartagena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá, a más tardar, dentro del plazo de un año, a Construir un edificio para el funcionamiento de las oficinas nacionales en la ciudad de Cartagena, aprovechando si la técnica lo aconseja, el lote del terreno que para tal fin cedió a la Nación el Concejo de aquella ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 56 de 1935