Micelio

Artículo 204

Declarado Inexequible

Decreto 96 de 1989 · Por el cual se reforma el estatuto de carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declarado Inexequible.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 204. TRAMITE DE EXPEDIENTES. La Sección de Prestaciones Sociales de la Policía Nacional conformará expedientes administrativos de prueba, para el reconocimiento de prestaciones sociales a cargo del Tesoro Público y de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, los cuales surtirán el siguiente trámite:

a)

Prestaciones a cargo del Tesoro Público:

El expediente se enviará a la Secretaría General de la Dirección General de la Policía Nacional para su estudio y resolución.

b)

Prestaciones a cargo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional:

El expediente se enviará a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, para su estudio y resolución

Parágrafo

Ejecutoriada la providencia administrativa, se enviarán los expedientes al archivo correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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