Declarado Inexequible.
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 204. TRAMITE DE EXPEDIENTES. La Sección de Prestaciones Sociales de la Policía Nacional conformará expedientes administrativos de prueba, para el reconocimiento de prestaciones sociales a cargo del Tesoro Público y de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, los cuales surtirán el siguiente trámite:
Prestaciones a cargo del Tesoro Público:
El expediente se enviará a la Secretaría General de la Dirección General de la Policía Nacional para su estudio y resolución.
Prestaciones a cargo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional:
El expediente se enviará a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, para su estudio y resolución
Ejecutoriada la providencia administrativa, se enviarán los expedientes al archivo correspondiente.