Micelio

Artículo 2

El Personal Del Regimiento Será El Siguiente: Plana Mayor

Decreto 157 de 1909 · Por el cual se organiza un Regimiento de Artillería de Montaña

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal del Regimiento será el siguiente: Plana Mayor. Un primer Comandante. Un segundo Comandante. Un Oficial subalterno Ayudante del Regimiento. Un Habilitado (Oficial subalterno). Un Jefe de Banda asimilado á Sargento 1.° Un Enfermero asimilado á Sargento 1.° Un Veterinario asimilado á Sargento 1.° Un Armero asimilado á Sargento 1.° Un Sastre asimilado á Sargento 1.° Un Escribiente asimilado á Sargento 1.° Un Talabartero asimilado á Sargento 1.0 Un Despensero asimilado- á Sargento 1.° Un Peluquero asimilado á Sargento 1.° Un Mayordomo del Casino de Oficiales asimilado á Sargento 1.° Treinta Músicos asimilados desde soldados hasta Sargentos 1.°

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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