Micelio

Artículo 14

Son Funciones De La Sección De Contabilidad: A) Efectuar El Registro De Las Operaciones Que Ocurran En La Tesorería, De Conformidad Con Las Normas Legales Y Reglamentarias, En Forma De Poder Suministrar Diariamente Los Datos Sobre Recaudos Y Pagos; B) Elaborar Mensual Y Anualmente El Balance Y Demás Relaciones De La Cuenta Mensual Para Su Envió A La Contraloría General De La República Y A Las Dependencias Del Ministerio Que Lo Requieran; C) Suministrar A La Sección De Tabulación Los Documentos Que Le Sean Solicitados Para El Desarrollo De Los Programas De Tabulación; D) Verificar La Concordancia De Los Movimientos Contables Que Se Mencionen Con Los Asuntos Llevados Al Balance; E) Rendir Informes De Acuerdo Con El Reglamento; F) Dar Normas E Instrucciones, Por Conducto Del Coordinador Ejecutivo, A Las Tesorerías Regionales En Lo Relacionado Con La Actividad Específica Que Les Corresponde; G) Las Demás Que Le Asigne El Tesorero General, Y Que Estén De Acuerdo Con Objetivos De La Sección

Decreto 1714 de 1960 · Por el cual se organiza la División de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Contabilidad

a)

Efectuar el registro de las operaciones que ocurran en la Tesorería, de conformidad con las normas legales y reglamentarias, en forma de poder suministrar diariamente los datos sobre recaudos y pagos;

b)

Elaborar mensual y anualmente el balance y demás relaciones de la cuenta mensual para su envió a la Contraloría General de la República y a las dependencias del Ministerio que lo requieran;

c)

Suministrar a la Sección de Tabulación los documentos que le sean solicitados para el desarrollo de los programas de tabulación;

d)

Verificar la concordancia de los movimientos contables que se mencionen con los asuntos llevados al balance;

e)

Rendir informes de acuerdo con el reglamento;

f)

Dar normas e instrucciones, por conducto del Coordinador Ejecutivo, a las Tesorerías Regionales en lo relacionado con la actividad específica que les corresponde;

g)

Las demás que le asigne el Tesorero General, y que estén de acuerdo con objetivos de la Sección. De la Sección de Caja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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