º Los cuatro último miembros tendrán una asignación de cinco pesos ($5) moneda legal por cada sección a que concurran y la Junta efectuará un máximo de cinco sesiones mensuales.
Decreto 1482 de 1939 →Vigente
Artículo 2
Los Cuatro Último Miembros Tendrán Una Asignación De Cinco Pesos ($5) Moneda Legal Por Cada Sección A Que Concurran Y La Junta Efectuará Un Máximo De Cinco Sesiones Mensuales
Decreto 1482 de 1939 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Junta creada por la Ley 116 de 1937
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.