Micelio

Artículo 2

Tratado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Principios.

El Parlamento tendrá los siguientes principios permanentes e inalterables:

a)

La defensa de la democracia;

b)

La integración latinoamericana;

c)

La no intervención;

d)

La autodeterminación de los pueblos para darse, en su régimen interior, el sistema político, económico y social que libremente decidan;

e)

La pluralidad política e ideológica como base de una comunidad latinoamericana democráticamente organizada;

f)

La igualdad jurídica de los Estados;

g)

La condena a la amenaza y al uso de la fuerza contra la independencia política y la integridad territorial de los Estados;

h)

La solución pacífica, justa y negociada de las controversias internacionales, e

i)

La prevalencia de los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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