Micelio

Artículo 8

Decreto 1100 de 2001 · por el cual se dictan normas para la liquidación de la empresa colombiana de recursos para la Salud S.A., Ecosalud S.A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Supresión de cargos y de empleos . Dentro del término legal previsto para la liquidación de la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud S. A., Ecosalud S. A., se procederá a la terminación de los contratos de trabajo y se suprimirán todos los cargos y empleos existentes en la entidad, con sujeción a las prescripciones de la legislación laboral aplicable. Todo convenio colectivo de trabajo o laudo arbitral en Ecosalud S. A., tendrá vigencia hasta cumplirse el plazo fijado en el artículo 4º de este decreto.

Parágrafo

La Empresa Territorial para la Salud, Etesa, asumirá los pasivos laborales que generen obligaciones dinerarias exclusivamente, provenientes de reclamaciones de trabajadores oficiales y empleados públicos de la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud S. A., Ecosalud S. A., y sólo hasta concurrencia de los activos que reciba por la liquidación de ésta. CAPITULO V Disposiciones finales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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