Micelio

Artículo 2.5

Circular 100-000021 de 2026 · Circular Externa 100-000021 de 14 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Las SAPAC deberán remitir, con el nivel de detalle requerido por la Superintendencia de Sociedades, la siguiente información complementaria:  Información de grupos. Deberá registrar la información de cada uno de los grupos de suscriptores.  Cuotas devueltas. Deberá registrar la información de cada uno de los suscriptores a los cuales la sociedad devolvió sus aportes por la terminación anticipada del contrato o por no haber recibido el bien objeto del plan de autofinanciamiento comercial.  Cuotas pendientes por devolver. Deberá registrarse la información de cada suscriptor con cuotas pendientes por devolver. La información señalada en el presente numeral deberá reportarse utilizando el formato dispuesto por la Superintendencia de Sociedades para tal efecto, el cual estará disponible para descarga en el portal institucional de la Entidad en el siguiente enlace: Información complementaria SAPAC. El archivo deberá ser diligenciado en formato Excel con extensión “.xlsx”, conservando íntegramente la estructura, contenido, fórmulas, validaciones y demás especificaciones técnicas definidas por la Superintendencia de Sociedades. El archivo diligenciado deberá remitirse al correo electrónico webmaster@supersociedades.gov.co, indicando en el asunto del correo “Información Complementaria SAPAC” y el número de radicado generado por SIRFIN correspondiente al envío de la Información de Régimen Especial (IRE) del respectivo período de reporte. CAPÍTULO

3. INFORMACIÓN DE CARÁCTER ESPECIAL - SOCIEDADES SUPERVISADAS QUE REALICEN OPERACIONES DE LIBRANZA O DESCUENTO DIRECTO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Circular 100-000021 de 2026