Micelio

Artículo 10

Decreto 374 de 1985 · Por el cual se crea el Consejo Nacional del Libro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Educación Nacional, con cargo a las partidas asignadas para dotación y funcionamiento de bibliotecas y campañas de promoción de la lectura, arbitrará los recursos que demanden las actividades del Consejo Nacional del Libro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 374 de 1985