Micelio

Artículo 14

Funciones

Decreto 1376 de 1990 · por el cual se expiden los estatutos básicos de organización y funcionamiento de la sociedad Minerales de Colombia S. A., Mineralco S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. Serán funciones del Gerente General de la sociedad las siguientes

a)

Ejercer la representación legal de la sociedad;

b)

Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Accionistas y de la Junta Directiva;

c)

Aprobar los balances mensuales de la sociedad y presentar a la Asamblea General de Accionistas un balance general y las cuentas de inventario al finalizar cada ejercicio;

d)

Presentar a consideración de la Junta Directiva los planes y programas que deba desarrollar la sociedad y los proyectos de presupuestos anuales;

e)

Ejercer las funciones que la Junta Directiva le delegue y delegar en los empleados y organismos de la sociedad las funciones que determine la Junta Directiva;

f)

Adjudicar y suscribir los actos y contratos que deban celebrarse, como representante legal de la sociedad, hasta por la suma que determine la Junta Directiva. Cuando la cuantía del acto o contrato fuere superior a la suma señalada, se requerirá la autorización previa de la Junta Directiva;

g)

Convocar a la Asamblea de Accionistas y a la Junta Directiva a sesiones ordinarias y a las extraordinarias que estime conveniente;

h)

Representar las acciones que posea la sociedad en otras entidades;

i)

Constituir mandatarios que representen a la sociedad en asuntos judiciales y extrajudiciales y delegar en los subgerentes y directores de oficinas regionales las facultades que haya autorizado previamente la Junta Directiva;

j)

Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal de la sociedad, y la ejecución de las actividades y programas de la entidad;

k)

Contratar, promover y remover el personal al servicio de la sociedad y dictar los actos necesarios para la administración del mismo, conforme a las disposiciones vigentes;

l)

Promover el recaudo de los ingresos, ordenar los gastos y, en general, dirigir las operaciones propias de la sociedad dentro de las prescripciones de la ley y de las disposiciones de la Asamblea General de Accionistas y Junta Directiva;

m)

Velar por la correcta aplicación de los fondos y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de la sociedad;

n)

Presentar al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Minas y Energía, y a la Asamblea General de Accionistas y Junta Directiva, informes generales y periódicos diferentes a los informes especiales que se le soliciten, sobre la marcha de la entidad, as¡ como también a la Oficina de Planeación del Ministerio de Minas y Energía, en la forma que éste lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas que corresponden a la sociedad y presentar los informes que las demás autoridades soliciten, en cuanto estén facultadas para ello conforme a las disposiciones legales;

o)

Las demás que la ley determine o que se relacionen con el funcionamiento y organización de la sociedad y que le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1376 de 1990